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Universidad convoca a la ciudadanía a reflexionar acerca de la necesidad de que haya Verdad y Justicia

 

 Vista:

 La iniciativa que están llevando adelante organizaciones sociales y ciudadanos de nuestro país con el propósito de anular los primeros cuatro artículos de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado.

 Considerando:

 1. El informe sobre la irregularidad jurídica de dichos artículos y la consiguiente posibilidad de su anulación por vía de reforma constitucional, elaborado a pedido de este Consejo por el Profesor Alberto Pérez Pérez, Director de los Institutos de Derecho Constitucional y de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.

 

2. Que el informe mencionado establece con claridad que esos artículos violan varios principios y normas fundamentales de la Constitución, y son además incompatibles con instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos vigentes para el Uruguay, por lo que resulta apropiado, desde el punto de vista jurídico, la eventual anulación mencionada y también lo es el camino de la reforma constitucional para lograrla.

 3. Que la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado ha sido recientemente afirmada tanto por el Poder Ejecutivo como por el Poder Legislativo.

 4. Que la vigencia de dicha Ley limita el accionar del Poder Judicial y constituye un obstáculo para seguir avanzando en la búsqueda de la verdad sobre lo acontecido durante la dictadura en materia de violación a los derechos humanos.

 5. Que por consiguiente es altamente deseable que todos los ciudadanos y ciudadanas, en particular los jóvenes, tengan una ocasión de pronunciarse sobre la permanencia de dicha Ley, a la luz de lo acontecido en el país desde su aprobación y de elementos de juicio como los antes mencionados.

 Atento a:

 1. Que la Ley Orgánica de la Universidad de la República establece que entre los fines de la institución se incluyen “defender los valores morales y los principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la forma democrático-republicana de gobierno.”

 2. Que cuando se aprobó la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, en diciembre de 1986, el Consejo Directivo Central fijó una clara posición al respecto en una declaración que concluye afirmando: “Preocupada especialmente por las generaciones jóvenes –en cuya formación tiene tanta responsabilidad– y convencida de que la vigencia integral del estado de derecho es la única vía capaz de afirmar la convivencia pacífica de nuestro pueblo y de garantizar soluciones de justicia y de progreso, la Universidad de la República bregará permanentemente por la vigencia de estos valores esenciales.”

 El Consejo Directivo Central resuelve:

 1) Reafirmar en todos sus términos la Resolución del CDC de fecha 29 de diciembre de 1986.

 2) Manifestar que pasados más de 22 años de la aprobación de la referida Ley el tema no ha sido definitivamente saldado, por lo que convoca a la ciudadanía a reflexionar acerca de la necesidad de que haya verdad y justicia, no sólo en relación con las violaciones a los derechos humanos en el pasado reciente, sino además para las actuales y futuras generaciones de uruguayas y uruguayos.

 3) Expresar que la iniciativa de recolección de firmas para plebiscitar los artículos referidos constituye una vía adecuada para habilitar un pronunciamiento sobre este tema tan delicado como fundamental, permitiendo que la vigencia de los mismos sea sometida a la decisión libre y democrática de toda la ciudadanía.

 

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