Inscripciones 2022 para el ingreso al Cenur Litoral Norte - UdelaR
El período de inscripciones para ingresar a la Universidad de la República en el próximo año, comprenderá las fechas del 7 al 18 de febrero de 2022. Dicho período se fijó según resolución del Consejo Directivo Central (CDC) N° 59 de la Udelar.
CONSULTAR OFERTA ACADÉMICA
La Bedelia brindará asesoramiento a quienes tengan dificultades para concretar la inscripción virtual, a través de los siguientes correos a partir del 1° de febrero de 2022. Al solicitar asesoramiento a través del correo electrónico es importante detallar nombre, cédula de identidad y carrera a la que aspira ingresar y aportar en el cuerpo del mail de forma detallada el inconveniente que se tiene para que sea posible dar una respuesta PAYSANDU- ingresos.paysandu@litoralnorte.udelar.edu.uySALTO - ingresos.salto@litoralnorte.udelar.edu.uy
La Escuela Universitaria de Tecnología Médica decidió habilitar el mismo número de cupos que el año anterior para cada una de las diez carreras que ofrece en el Cenur Litoral Norte (sede Paysandú). Dichos cupos se asignarán a partir de sorteo a realizarse el 22 de febrero. Consulte la información detallada para realizar la pre inscripción y conocer los detalles de la asignación de los cupos. |
- TUId de Antel: En la web tuid.uy encontrarás los pasos detallados para la obtención de tu Identidad Digital gratuita. Antel ha alcanzado un acuerdo con Redpagos, ampliando la red de locales donde se puede completar el paso presencial del procedimiento.
Los locales disponibles se encuentran en: Buscador de locales de Antel Buscador de Locales de Red Pagos
PASO 2 – Inscribite en la Udelar
Ingresá a la página bedelias.udelar.edu.uy y cliqueá en el botón “2022 INGRESOS”. Allí seleccioná la opción “Estudiante de Generación de Ingreso”. Iniciá la inscripción ingresando al sistema con tu Identidad Digital.
PASO 3 – Obtené tu usuario Udelar
Una vez que la Bedelía confirme tu inscripción a la carrera, recibirás un correo con el código de activación que te permitirá generar tu usuario Udelar.
Seguí los pasos que allí se indican para activar tu usuario en un plazo no mayor a las 72 horas, desde la notificación. Con este usuario podrás matricularte a los cursos propedeúticos, inscribirte a las asignaturas y acceder a los servicios informáticos de la Udelar durante tu trayectoria educativa.
** Es importante que al revisar prestes atención a la bandeja de spam, porque debido a que el mensaje se remite desde el sistema, algunos proveedores lo consideran sospechoso y no va directo a la casilla de recibidos.
PASO 4 – Matriculate a los cursos propedéuticos
PASO 5 – Inscribite a las asignaturas
PASO 6 – Completá el formulario estadístico (FormA)
ATENCIÓN ESTUDIANTES EXTRANJEROS
Ordenanza sobre ingreso a la Universidad de la República de personas que hayan cursado estudios preuniversitarios en el extranjero
Proyecto de Resolución:
1) Modificar la Ordenanza sobre ingreso a la Universidad de la República de personas que hayan cursado estudios preuniversitarios en el extranjero, aprobada por resolución del CDC No 34 de 26/VIII/1968, la que quedará redactada de la siguiente forma:
“Ordenanza sobre ingreso a la Universidad de la República de personas que hayan cursado estudios preuniversitarios en el extranjero
Art.1o – La presente Ordenanza regula las condiciones de ingreso a primer año de cualquier carrera de grado o programa de formación terciaria de la Universidad de la República por parte de personas que hayan culminado estudios preuniversitarios en el extranjero.
Art. 2° - Para acreditar la culminación del nivel anterior de enseñanza, los interesados podrán optar por realizar reválida de estudios de enseñanza media ante el organismo competente, o por solicitar ante la Universidad de la República que esos estudios sean valorados para determinar si cumplen con las condiciones de ingreso a los estudios universitarios, mediante el procedimiento previsto en la presente Ordenanza.
Art. 3° - A estos efectos y sin perjuicio de otra documentación adicional que los servicios puedan requerir para valorar adecuadamente las solicitudes, los peticionarios deberán presentar la siguiente:
a) Documento de identidad uruguayo o pasaporte nacional o extranjero;
b) Certificado que acredite la culminación de los estudios del nivel de enseñanza media, expedido por la autoridad competente del país donde se realizaron los estudios; en caso de que el documento haya sido expedido por una institución privada, deberá acreditarse que ha sido autorizada a impartir
esos estudios mediante documento expedido por la autoridad competente del país donde se realizaron los estudios.
c) Documentos complementarios que entiendan pertinente agregar.
Art. 4° - Toda la documentación a que refiere el artículo 3°, excepto la requerida en el literal a), deberá presentarse legalizada o apostillada y, de estar redactada en idioma extranjero, deberá acompañarse su traducción al castellano efectuada por traductor nacional matriculado (Dto. Ley 15.441).
Art. 5° - Cuando exista imposibilidad o grave dificultad de hecho o de derecho para obtener la legalización de la documentación requerida en el artículo precedente, los interesados deberán acreditar fehacientemente tales circunstancias y ofrecer pruebas supletorias de la legalización, tales como otros documentos auténticos o autenticados, informes de instituciones nacionales o extranjeras, prueba de testigos altamente calificados u otro elemento probatorio acerca de la autoría del documento que se trata de hacer valer. El Consejo Directivo Central, o el órgano en quien este delegue esta atribución, podrá aceptar excepcionalmente las pruebas supletorias de la legalización cuando, recabados los asesoramientos que se estimen del caso, considere suficientemente acreditadas las circunstancias alegadas por el interesado.
Art. 6° - Los Consejos de las Facultades y los Consejos de los Centros Regionales Universitarios serán competentes para disponer los ingresos al amparo de la presente Ordenanza. A los efectos de evaluar si los estudios preuniversitarios cursados en el extranjero son suficientes para el ingreso
dispondrán los asesoramientos que consideren del caso.
Art. 7° – En todos los casos los Consejos de los servicios deberán expedirse en un plazo máximo de 40 días hábiles contados a partir del siguiente al de la presentación de la solicitud. Si durante el transcurso del trámite las instancias de asesoramiento requieren la presentación de documentación adicional, los plazos se suspenderán desde el día en que se convoque al solicitante para notificarlo de tal requerimiento y hasta que presente dicha documentación. En los casos en que los solicitantes invoquen el artículo 5° de esta Ordenanza, el plazo comenzará a contarse a partir de la notificación al interesado de la resolución del Consejo Directivo Central que acepte las pruebas supletorias de la legalización.
Art. 8° – No será aplicable esta Ordenanza a los estudiantes extranjeros que revaliden en la Universidad de la República estudios parciales cursados en universidades o instituciones extranjeras de análogo nivel académico de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza de Convalidación y Reválida de títulos y certificados obtenidos en el extranjero.
CURSO DE INTRODUCCIÓN A LA VIDA UNIVERSITARIA
Además, a partir del 2 de marzo de 2022, todas las personas que ingresen al Cenur Litoral Norte podrán realizar el Curso de Introducción a la Vida Universitaria, a cargo de la Unidades de Apoyo a la Enseñanza de Paysandú y Salto.
Este Curso es fundamental para estar familiarizado con el funcionamiento de la Universidad de la República, promover la integración entre estudiantes y conocer las principales funciones y áreas universitarias.
Las clases de primer año comenzarán con el Curso de Introducción a la Vida Universitaria que es optativo para algunas carreras y obligatorio para el CIOAS trayectorias: Psicología y Comunicación.
Es obligatorio tambien para la Licencatura en Enfermeria y Licenciatura en Turismo.